Beneficios de Asuntos de Veteranos

Los veteranos calificados y los dependientes de veteranos fallecidos o discapacitados cuya muerte o discapacidad es resultado directo de su servicio militar pueden ser elegibles para beneficios educativos de VA bajo uno de los siguientes programas mientras asisten a CBS:

Capítulo 30: Montgomery G.I. Bill®- Activo/ Deber Cumplido
Capítulo 31: Rehabilitación Vocacional 
Capítulo 33: Después 9/11 G.I Bill®
Capítulo 35: Asistencia para la Educación de Dependientes

Chapter 30

1. Los veteranos que deseen utilizar sus beneficios educativos de VA por primera vez deben presentar su solicitud en línea en www.vets.gov/education y completar un Formulario 22-1990, Solicitud de Beneficios Educativos, para recibir un Certificado de Elegibilidad.

2. Si se han utilizado beneficios educativos anteriormente, complete un Formulario 22-1995, Cambio de Programa o Lugar de Capacitación, en línea en http://www.gibill.va.gov para recibir un Certificado de Elegibilidad.

3. Envíe los siguientes artículos a la Oficina de Ayuda Financiera:
• Certificado de Elegibilidad
• Certificado de Liberación de Cumplimiento del Servicio Activo (DD-214)
• Transcripciones académicas oficiales de colegios y/o universidades a las que asistió anteriormente

Capítulo 31

Los veteranos discapacitados que deseen continuar su educación bajo el programa de Rehabilitación Vocacional de VA deben comunicarse con la oficina de Capacitación y Asesoramiento de la Administración de Veteranos al 713-383-1985.

Capítulo 33

1. Los veteranos que deseen utilizar sus beneficios educativos de VA por primera vez deben presentar su solicitud en línea en http://www.gibill.va.gov y completar un Formulario 22-1990,Solicitud de Beneficios Educativos, para recibir un Certificado de Elegibilidad.

2. Si se han utilizado beneficios educativos anteriormente, complete un Formulario 22-1995, Cambio de Programa o Lugar de Capacitación, en línea en http://www.gibill.va.gov para recibir un Certificado de Elegibilidad.

3. Envíe los siguientes artículos a la Oficina de Ayuda Financiera:
• Certificado de Elegibilidad
• Certificado de Liberación de Cumplimiento del Servicio Activo (DD-214)
• Transcripciones académicas oficiales de colegios y/o universidades a las que asistió anteriormente

Capítulo 35

1. Los dependientes calificados que deseen utilizar sus beneficios educativos de VA por primera vez deben presentar su solicitud en línea en http://www.gibill.va.gov y completar un Formulario 22-5490, Solicitud de Asistencia Educativa para Sobrevivientes y Dependientes, para recibir un Certificado/Carta de Elegibilidad.

2. Si los beneficios educativos se han utilizado anteriormente, complete un Formulario 22-1995, Cambio de Programa o Lugar de Entrenamiento, en línea en http://www.gibill.va.gov para recibir un Certificado de Elegibilidad.

3. Envíe los siguientes artículos a la Oficina de Ayuda Financiera:
• Certificado de Elegibilidad
• Transcripciones académicas oficiales de colegios y/o universidades a las que asistió anteriormente

Ayuda Adicional 

Para obtener asistencia adicional con respecto a los beneficios educativos de VA, comuníquese con la Administración de Veteranos al 1-888-442-4551https://benefits.va.gov/gibill.

También puede comunicarse con el Certificador Oficial de VA en su campus más cercano de la siguiente manera:

Houston: 832-232-4602
Indiana: 317-789-8255
Para obtener asistencia adicional con respecto a los servicios para discapacitados, comuníquese con los Servicios de Apoyo para Discapacitados al 832-252-0757dos@cbshouston.edu. La oficina de CBS Servicios para Discapacitados está ubicada en la Suite 113; el horario de atención es de 9:00 am a 4:30 pm

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